Lugares y horario de votación
- Sede Roma 1:
- Mesas 087910 a 087927,
- Istituto Scolastico Paritario Caterina da Santa Rosa,
- Via delle Sette Chiese, 243, 00147 Roma RM.
- Horario: 7 am - 5 pm
- Sede Roma 2:
- Mesas 087928 a 087952,
- Auditorium del Massimo,
- Via Massimiliano Massimo, 1, 00144 Roma RM.
- Horario: 7 am - 5 pm
- Sede Ancona:
- Mesas 087988 a 087993,
- Se informará pronto.
- Se informará pronto.
- Horario: 7 am - 5 pm
El elector: DNI, voto y multas
¿El voto es obligatorio?
Sí. De acuerdo con el Artículo
31 de la Constitución Política del Perú, el voto es personal, igual, libre,
secreto y obligatorio hasta los 70. Es facultativo después de esa edad.
El ciudadano que haya sido
designado miembro de mesa (titular o suplente) y no cumpla con asistir será
pasible de una multa de S/ 275 (doscientos setenta y cinco soles), monto
equivalente al 5 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
El ejercicio del voto
constituye un derecho y un deber cívico.
¿Pueden votar los/las ciudadanos/as
peruanos cuyo DNI consigne domicilio en el Perú?
No. Estos ciudadanos se
encuentran inscritos en un distrito electoral en el Perú y no forman parte del Padrón
Electoral correspondiente a las sedes en Italia.
¿Habrá mesa de transeúntes?
No. Como en procesos electorales del Perú anteriores, no habrá mesa de
transeúntes.
No voté el 12 de abril, ¿puedo votar el 7 de junio?
Sí, sí puede. Puede ejercer plenamente su derecho al voto en la Segunda Elección Presidencial 2026, sin importar si acudieron o no al proceso de votación del pasado 12 de abril o a cualquier otro proceso electoral previo.
Fui designado miembro de mesa, ¿puedo votar el 7 de junio?
Sí, sí puede. No tiene que pagar multa alguna por no asistir a votar en primera vuelta o por no haberse presentado a la instalación de la mesa. Para ejercer el derecho al voto, solo se debe: a) estar inscrito en el padrón electoral del lugar de su residencia y b) presentar su DNI (vigente o no) al momento de acudir al local de votación.
No es necesario realizar ningún tipo de inscripciones, registros, actualizaciones, ni trámites adicionales para ejercer el derecho al voto en la Segunda Elección Presidencial 2026.
Perdí mi DNI / No tengo DNI ¿Se puede votar con otro documento distinto
al DNI original (pasaporte, fotocopia del DNI, comprobante de haber tramitado
un nuevo DNI)?
No. El único documento válido para votar es el DNI original.
Vivo en Italia, pero mi DNI tiene
dirección de Perú. ¿Puedo votar en el Consulado?
Primero, consulta aquí el Padrón electoral https://consultaelectoral.onpe.gob.pe/inicio usando tu número de DNI. Tu lugar de votación corresponde a la dirección de domicilio que figura en el Padrón Electoral o tu DNI más reciente.
Solo pueden votar en Roma o Ancona quienes llevaron a cabo su cambio de domicilio en el DNI antes del cierre del padrón electoral (14/10/2026). Si tu dirección sigue siendo en Perú u otro lugar, tu mesa está allá y figurarás como omiso si no sufragas.
¿Puedo
cambiar mi domicilio para votar en primera vuelta o en segunda vuelta?
De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones, el padrón
para este proceso ya se encuentra cerrado. No es posible hacer cambios de
domicilio para las Elecciones Generales 2026 ni para una eventual segunda
vuelta, ya que el padrón es el mismo para ambos actos electorales. Los cambios
que realices ahora en RENIEC solo surtirán efecto para futuros procesos.
¿Puedo votar / ser miembro de mesa con mi DNI vencido?
Sí. Puede votar. Usted podrá identificarse en la mesa de sufragio con el DNI azul o DNI electrónico, a pesar de que se encuentren caducos. Esta prórroga solo surtirá efecto para el domingo 12 de abril.
Ya cumplí 18 años y aún tengo el DNI amarillo, ¿puedo votar?
Sí. Todo ciudadano peruano adulto que porte un DNI azul (mayor de edad), amarillo (menor de edad que cumple 18 años hasta el 12 de abril del 2026) que figure en el padrón electoral de su circunscripción, podrá emitir su voto y ejercer el cargo de miembro de mesa.
No tengo mi DNI / perdí mi DNI y quiero renovarlo con urgencia para poder votar
Los ciudadanos peruanos que NO porten su DNI físico NO podrán votar y NO podrán ejercer el cargo de miembro de mesa. Corresponde a los miembros de mesa la verificación de la identidad de los ciudadanos peruanos que acudan a ejercer su derecho al sufragio y la decisión sobre la aceptación o rechazo de los DNI´s que presenten.
Si lo desea renovar u obtener un duplicado, debe obtener una cita aquí y respetar el orden de prioridad de quienes han solicitado sus citas antes que usted. Dada la alta demanda de trámites de DNI no podemos garantizar una cita de urgencia ni tampoco que el DNI esté listo antes del 12 de abril.
Miembros de mesa
¿Ya publicaron la lista definitiva de miembros de mesa?
Sí, puedes consultarla aquí.
Soy miembro de mesa, ¿qué debo hacer ahora?
Si eres miembro de mesa (titular o suplente), regístrate aquí para recibir
materiales de capacitación, horarios de sesiones presenciales y
coordinaciones logísticas para el 12 de abril.
Ver más Preguntas frecuentes para miembros de mesa, coordinadores y personal de apoyo
Multas y obligatoriedad
¿Ir a votar es obligatorio?
Si tu DNI tiene domicilio en el EXTERIOR: El voto
es facultativo (no hay multa por no votar).
Si tu DNI tiene domicilio en el PERÚ: El voto
es obligatorio y no asistir genera multa por omisión.
Si soy miembro de mesa y no asisto,
¿cuánto es la multa?
La asistencia para los miembros
de mesa SÍ es obligatoria, sin importar dónde vivas. La multa
por inconcurrencia es del 5% de la UIT (aprox. S/ 275.00).
Importante: Si además de ser miembro de
mesa y no asistir, tu DNI tiene dirección en Perú y no votas, se te sumará
una segunda multa por omisión al sufragio.
Si no voy a votar por motivo de
carga de trabajo, ¿puedo ser multado?
La respuesta depende de la dirección que figure en su
DNI.
Si su DNI tiene dirección en ITALIA (o cualquier ciudad del exterior),
NO recibirá multa por no votar. De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones,
para los peruanos con domicilio debidamente registrado en el extranjero, el
voto es facultativo.
Si su DNI aún tiene dirección en el PERÚ: SÍ recibirá multa. Al figurar
con domicilio en territorio nacional, el sistema lo considera un elector
obligado. El motivo de "carga de trabajo" no es una causal válida
para solicitar una dispensa ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
¿Cómo puedo pagar la multa electoral desde
Italia?
Si necesitas asistencia específica, puedes escribirnos directamente a nuestro correo institucional:
📩 elecciones@consuladoperuroma.it