- 08:30 horas Inicio del proceso electoral – Sorteo de los tres miembros del “Comité Electoral”;
- 09:00 horas Instalación del “Comité Electoral” y lectura de las candidaturas presentadas;
- 09:30 horas Inicio de la votación;
- 16:30 horas Cierre de la votación;
- 17:00 horas Proclamación de los resultados y firma del acta;
De
conformidad con la Ley No. 29495 y su Reglamento, podrán votar en este proceso electoral
los connacionales que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser peruano;
- Ser mayor de edad (18 años cumplidos al momento de elegir);
- Estar inscrito en la RENIEC - Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con domicilio en nuestra circunscripción (Lacio, Abruzo, Cerdeña, Molise y Marcas).
De
acuerdo al Reglamento de la Ley de los Consejos de Consulta D.S. No.
057-2010-RE, para este periodo 2023-2024, el mínimo de votantes para validar
las elecciones es el 3% de los ciudadanos inscritos en el RENIEC de
la circunscripción consular del Consulado General del Peru en Roma. Este dato
será publicado cuando se reciba información oficial.
CIUDADANOS
CANDIDATOS:
De
acuerdo al art. 19 del Reglamento de la Ley de los Consejos de Consulta D.S.
No. 057-2010-RE, el ciudadano debe cumplir con los siguientes requisitos para
poder postular:
- Ser peruano;
- Ser mayor de 18 años al momento de postular;
- Estar inscrito en la RENIEC (Registro Nacional de Identificación y Estado Civil peruano, con domicilio en nuestra circunscripción (Lacio, Abruzo, Cerdeña, Molise y Marcas);
- No ser funcionario o empleado de la Oficina Consular;
- No registrar antecedentes policiales ni penales en el Perú o en el extranjero;
- No haber sido sancionado con pérdida de la condición de miembro de algún Consejo de Consulta.
Los ciudadanos peruanos interesados en participar deberán manifestar su intención en una comunicación escrita dirigida al Cónsul General del Perú en Roma, al correo electrónico info@consuladoperuroma.it y que cumplen con los requisitos para postular como candidato al Consejo de Consulta, dispuestos en el referido Artículo 19 del Reglamento.
Según la Ley No. 29495 de los Consejos de Consulta de las Comunidades Peruanas en el Exterior, la finalidad de estos es constituir un espacio de diálogo y cooperación con las oficinas consulares para sumar esfuerzos a fin de contribuir y orientar en la solución de los problemas que enfrentan los connacionales residentes en la correspondiente circunscripción consular. Los objetivos son constituir un espacio de participación y cooperación con las oficinas consulares en el ámbito de los servicios consulares, administrativos, notariales, registrales y de protección de connacionales en el exterior; facilitar el diálogo y comunicación entre los peruanos en el exterior y las oficinas consulares, así como promover la cultura peruana, y la positiva inserción de los connacionales en el país de acogida. También, fortalecer el vínculo entre los connacionales residentes en la circunscripción consular. Finalmente, fomentar el acercamiento y sensibilización de los ciudadanos inmigrantes peruanos en el nuevo contexto social, económico y cultural en que se encuentran.
Para alcanzar los objetivos antes mencionados, los Consejos de Consulta tienen
las siguientes funciones:
a) Cooperar
con la oficina consular en las actividades que desarrolle en beneficio de la
comunidad peruana o a favor de obras de carácter humanitario que se realicen en
el Perú.
b) Apoyar las tareas y esfuerzos del
jefe de la oficina consular, así como respaldar sus iniciativas para la
atención de los problemas y la protección consular de los migrantes peruanos en
el exterior.
c) Colaborar con el jefe de la
oficina consular en la promoción del ejercicio de la ciudadanía y la
participación electoral de los connacionales residentes en la circunscripción
consular.
d) Difundir la imagen del Perú y de
la comunidad peruana residente en la jurisdicción consular.
e) Rechazar y denunciar toda
expresión de intolerancia, discriminación, racismo y xenofobia.
f) Apoyar las tareas de protección
legal y asistencia a los peruanos en el exterior.
Se recomienda a todos
los connacionales, en especial a los posibles candidatos, la lectura de:
- Ley No. 29495 "Ley de los Consejos de Consulta de las Comunidades Peruanas en el Exterior"
- Reglamento de la Ley No. 29495
- Modificatoria: Decreto Supremo No. 027-2012-RE, de fecha 07.06.2012
Roma,
11.07.2023
Comentarios
Publicar un comentario