La Constitución italiana (1947) reconoce, a favor de la persona que tiene dificultades económicas y/o sociales, el derecho a la defensa gratuita a cargo del Estado, es decir, la asistencia legal sin ningún pago de parte del beneficiario al servicio legal del abogado/a en cualquier grado o estado de un proceso judicial de naturaleza penal, civil, administrativo, tributario o jurisdicción voluntaria.
Tal derecho garantiza, a favor de la persona sin distinción de origen, raza, sexo, nacionalidad, lengua, religión, opinión política, condición personal y social (art.3 Constitución italiana), la tutela efectiva del derecho a la defensa, reconocido en el art. 24 de la Constitución. Por tales circunstancias, es razonable considerar que el patrocinio gratuito a cargo del Estado resulta también aplicable al extranjero que tenga residencia en el territorio italiano en concordancia con el art. 90 del DPR N.º 115/2002.
Por lo tanto, la asistencia o patrocinio legal gratuito garantiza el derecho a la defensa de las personas refugiadas, a las víctimas (personas ofendidas) de violencia familiar, en proceso de alimentos, custodia, separación, trata de personas, procesos donde la parte es una persona incapaz, imputados en procesos penales por delitos o contravenciones, los internos en centros penitenciarios, en procesos administrativos delante al tribunal administrativo, por ejemplo: el rechazo del permesso di soggiorno, etc. La norma excluye el patrocinio legal gratuito por delitos graves como el crimen organizado.
Para acceder a este beneficio, la ley exige un ingreso anual máximo para recibir el patrocinio legal gratuito (a cargo del Estado). Actualmente, el ingreso anual máximo vigente es 12, 838.01 euros (GU, serie generale n. 130 del 06/06/2023). Dicho monto se actualiza cada dos años por ley. Es importante resaltar que el ingreso anual comprende el ingreso anual que se encuentra exento de impuestos o retenido a impuestos (art. 75 DPR N° 115/2002). La suma mencionada varía (aumenta) dependiendo de los miembros de la familia que tienen residencia con el titular del derecho en el territorio italiano. Esta reunión de ingresos no se aplica cuando la discusión recae sobre derechos personales del titular o existe una cuestión conflictiva legal entre los miembros de la familia con quien es residente.
Las solicitudes se presentan en nombre del titular del derecho a la Orden de Abogados de lugar de residencia del solicitante y, en algunos casos, directamente al juez. Los profesionales son abogados/as habilitados e inscritos en el elenco de miembros de la Orden de Abogados respectivo.
Si el ingreso anual del solicitante aumenta, este hecho debe ser obligatoriamente comunicado inmediatamente al Ordine de Abogados. El abuso de este derecho (por ejemplo, no comunicar el aumento de ingresos) puede acarrear una denuncia por parte de la Guardia de Finanzas.
El decreto no exige que se cumpla con el límite máximo del ingreso anual cuando se trata a víctimas de delitos que lesionan bienes jurídicos tutelados por el Estado; la vida, la libertad sexual; derechos de personas con particular vulnerabilidad y sensibilidad económica o social, se refiere en específico, menores de edad, menores no acompañados, menores o adultos huérfanos por un delito cometido al interno de la familia, adultos incapaces, los delitos que tienen la exención son entre otros: maltratamientos en familia, prácticas de mutilación de órganos femeninos, violencia sexual, violencia sexual de grupo, actos persecutorios.
La figura del Patrocinio gratuito tiene como objetivo equilibrar y eliminar las diferencias sociales, culturales, económicas, legales que se presentan entre los individuos, garantizando la presencia de un abogado/a que tutele, defienda intereses y derechos de la persona ante el órgano jurisdiccional.
Por Giovanna V. Orozco Vela, Abogada, Practicante del Estudio Legal Giuseppe R. Caruana (Macerata), vexaidagiovanna@gmail.com
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