Hemos notado que existe confusión frecuente entre dos documentos clave relacionados con la salida de niños, niñas y adolescentes peruanos del país: la Autorización de Viaje y el Poder para Otorgarla. Es vital entender la diferencia, ya que son documentos distintos con funciones legales y usos diferentes.
La diferencia esencial radica en "qué es cada documento" y "para qué sirve":
1. La Autorización de Viaje de Menor (El Permiso)
¿Qué es? Es la declaración de voluntad directa del o los padres (o la autoridad judicial/consular) que permite que el menor viaje efectivamente fuera del territorio peruano. Es el permiso en sí.
Finalidad: Es el documento final y obligatorio que debe presentarse a la autoridad migratoria (Migraciones) en el aeropuerto o puesto de control fronterizo. Sin este documento, el menor no puede salir de Perú.
Vigencia: Generalmente tiene una vigencia limitada (usualmente 90 días) y es válida, en la mayoría de los casos, por una sola vez.
2. El Poder para Otorgar la Autorización de Viaje (El Mandato)
¿Qué es? Es un instrumento de representación legal (un poder especial) que usted, como padre o madre (Poderdante), otorga a otra persona (Apoderado), que a menudo es el otro progenitor o un tercero, para que actúe en su nombre.
Finalidad: Su propósito es reemplazar su presencia física para que el apoderado pueda ir ante un Notario en el Perú y firmar la Autorización de Viaje. El poder es el "mandato" que permite a alguien firmar el "permiso".
Importante: La voluntad de que el menor viaje sigue siendo la del Poderdante. El Apoderado solo interviene para formalizar esa voluntad.
Uso: Se presenta ante la autoridad notarial o consular para que esta pueda extender el Permiso de Viaje.
Autorización de Viaje de Menor (El Permiso) | Poder para Otorgar la Autorización (El Mandato) | |
Rol | El documento (permiso) que autoriza la salida. | El documento que autoriza a firmar el permiso. |
Uso | Se presenta a Migraciones al momento de viajar. | Se presenta al Notario o Cónsul para tramitar el Permiso. |
Contenido | Detalla el destino, fecha, y acompañante del viaje. | Otorga facultades de representación para la firma del Permiso. |
Si usted se encuentra en el extranjero y su hijo viajará desde Perú, deberá acercarse al Consulado más cercano para tramitar la Autorización de Viaje Consular (el permiso directo) o, de ser el caso, para otorgar un Poder a la persona en Perú que se encargará de tramitar el permiso final ante un notario en el Perú.
Para cualquier duda sobre el trámite y los requisitos específicos, le recomendamos contactar con nuestra sección de trámites notariales, escribendo a info@consuladoperuroma.it
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