Base legal
Excepcionalmente, lo puede hacer al día siguiente de la fecha de la elección ante el Jurado Electoral Especial o al Jurado Nacional de Elecciones. (Artículo 253.° de la Ley N. ° 26859, Ley Orgánica de Elecciones).
Sólo en caso de enfermedad, debidamente acreditada con el certificado expedido, justificar su inasistencia ante la respectiva Oficina Descentralizada de Procesos Electorales; para ese efecto, debe presentar el certificado desde el día siguiente de la publicación definitiva de la relación de MM y hasta cinco (5) días calendario previos a la fecha de la elección, consulta popular y/o referéndum.
¿Para quién es?
Para el miembro de mesa que no asistió a cumplir su función el día de la elección
¿Cuándo se solicita?
En el consulado, entre el 27 de febrero y el 6 de abril de 2026, siguiendo las instrucciones que se muestran líneas abajo.
En el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), desde el 7 hasta el 13 de abril de 2026, a través de su plataforma de dispensa y justificación virtual.
¿Cuáles son los requisitos?
- Presentar el Formulario P2, debidamente llenado y firmado (descargarlo desde aquí)
- Adjuntar la imagen digital legible del documento sustento que acredite la causal de justificación.
¿Dónde se tramita?
Hasta el 6 de abril en el consulado mediante este
¿Quién decide?
La ONPE resuelve el caso y el consulado te notificará la decisión por correo electrónico
Motivos válidos:
- Por enfermedad
- Documento sustentatorio: Certificado emitido por el Área de Salud, y a falta de esta, por el médico de la localidad.
- Más detalles aquí.
Se anula la multa por no haber asistido a la instalación de la mesa.
Enlaces y contactos de Utilidad
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¿Tienes dudas adicionales? Puedes escribir directamente al Consulado General del Perú en Roma al correo: elecciones@consuladoperuroma.it