El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ausentarse del territorio de la República, estar incurso en una de las incompatibilidades señaladas en la ley o ser mayor de sesenta y cinco (65) años.
La excusa se presenta si sabes que no podrás asistir (antes de la elección). Es el trámite preventivo para quienes ya saben que tienen un impedimento real.
La excusa solo puede formularse por escrito, sustentada con prueba instrumental, hasta cinco (5) días hábiles después de efectuada la publicación de las listas definitivas de miembros de mesa, cumplido el plazo para las solicitudes de tacha a miembros de mesa.
¿Para quién es?
Para el ciudadano sorteado como Miembro de Mesa, ya sea titular o suplente
¿Cuándo se solicita?
Antes de la elección, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la publicación de la lista definitiva, esto es, del 27 de febrero al 6 de marzo.
¿Cuáles son los requisitos?- Presentar el Formulario P2, debidamente llenado y firmado (descargarlo desde aquí)
- Adjuntar la imagen digital legible del documento sustento que acredite la causal de excusa.
En el Consulado, a través de este
¿Quién decide? La ONPE resuelve el caso y el consulado te notificará la decisión por correo electrónico
Principales motivos aceptados:
- Las (os) funcionarios (as) y/o servidores (as) de los organismos que conforman el Sistema Electoral Peruano.
- Las (os) miembros del Ministerio Público que durante la jornada electoral realizan funciones relacionadas con la prevención e investigación de los delitos electorales.
- Las (os) funcionarios (as) o servidores (as) de la Defensoría del Pueblo que realizan supervisión electoral
- Las autoridades políticas
- Las autoridades o representantes provenientes de elección popular
- Las (os) ciudadanos (as) que integran los Comités Directivos de las Organizaciones Políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones.
- Los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa
- Los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad de los candidatos que residen en el ámbito de la jurisdicción en la cual postulan
- Las(os) electores temporalmente ausentes de la República
- Las (os) miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que efectúen actividades relacionadas con el desarrollo de los procesos electorales.
- Las (os) miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú
- En caso de necesidad de ausentarse del territorio de la República
- En caso de notorio o grave impedimento físico o mental
- Ser mayor de 65 (sesenta y cinco) años
- (*) Las mujeres en estado de gestación (**) o en período de lactancia de niños hasta los dos (2) años de edad cumplidos a la fecha de la elección.
Consulte aquí los documentos de sustento cuya validez admite la ONPE para aceptar la excusa.
Resultado: Te retiran de la lista oficial y no se genera ninguna multa
🔗 Enlaces y Contactos de Utilidad
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¿Tienes dudas adicionales? Puedes escribir directamente al Consulado General del Perú en Roma al correo: elecciones@consuladoperuroma.it